Todos los nacionales palestinos de la Franja de Gaza que no estén protegidos por las Naciones Unidas pueden recibir el estatus de refugiado en Francia debido al "riesgo de persecución por las fuerzas armadas israelíes", dictaminó el Tribunal Nacional de Asilo (CNDA) del país el viernes.
Esto sigue a un fallo anterior emitido el 13 de septiembre de 2024, que permitía a los nacionales palestinos de la Franja protegidos por la ONU solicitar el estatus de refugiado en Francia, dado que su protección en el lugar ya no podía ser garantizada.
La decisión del viernes se tomó en virtud de la Convención de Ginebra de 1951 "debido a los métodos de guerra utilizados por las fuerzas israelíes desde el fin del alto el fuego concluido el 19 de enero de 2025 en marzo de 2025".
La decisión fue desencadenada por la solicitud de protección internacional presentada por una mujer gazatí ante el CNDA junto a su hijo, debido a que no estaba legalmente protegida por la UNRWA (Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo). Su caso marca la primera vez en Francia que a un residente de Gaza se le ha otorgado el estatus de refugiado por el CNDA.
La madre y el hijo habían sido cuidados por la embajada de Francia en El Cairo y pudieron ingresar a Francia gracias a dos pases consulares, donde luego les fue otorgada protección por la Oficina Francesa de Protección de Refugiados y Apátridas (OFPRA) bajo la ley europea "dada la situación de violencia indiscriminada de intensidad excepcional resultante del conflicto armado entre las fuerzas de Hamas y las fuerzas armadas israelíes, de acuerdo con una jurisprudencia de la Corte del 12 de febrero de 2024."
Posteriormente, los solicitantes pidieron a la CNDA que los reconociera como refugiados en base a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
El Tribunal anunció que, tras examinar su solicitud y teniendo en cuenta la situación actual en la Franja de Gaza después del fin del alto el fuego en marzo de 2025, la madre y el hijo serían perseguidos personalmente debido a su "nacionalidad" por las fuerzas armadas israelíes que controlan una parte sustancial de ese territorio.
Al llegar a esta conclusión, el CNDA se basó en fuentes públicas disponibles, en particular informes de organismos de la ONU. Concluyó que los métodos de guerra de Israel, "que afectan directa e indiscriminadamente a toda la población civil de Gaza", son "lo suficientemente graves [como para ser considerados] como actos de persecución".
Motivos para conceder el estatus de refugiado según la Convención de Ginebra
Los cinco motivos para conceder el estatus de refugiado según la Convención de Ginebra son la persecución debido a "la pertenencia a un grupo unido por su identidad cultural, étnica o lingüística, sus orígenes geográficos o políticos comunes, o su relación con la población de otro Estado".
A pesar de que Francia no reconoce oficialmente un estado palestino, considerando a los dos "personas apátridas en Gaza", encontró que poseían las características de una 'nacionalidad' y por lo tanto eran elegibles.
"El alcance de hecho es muy limitado porque hay pocas salidas de Gaza, pero en términos legales, es importante", dijo Maya Lino, la abogada de la mujer, al diario francés Le Monde.